Elegir el tipo de sociedad
El primer paso para crear una sociedad consiste en determinar el tipo societario que queremos crear. Existen varias posibilidades en la legislación mercantil española: Sociedad Limitada (S.L), Anónima (S.A) Comanditaria (S.Com), etc. La distinción básica radica en elegir una sociedad de capital o una personalista:
- Sociedades de capital. Son sociedades en las que lo importante es el capital aportado, sin importar la persona que lo haya hecho. La responsabilidad por las deudas sociales está limitada al capital aportado, para cada socio.
- Sociedades personalistas. Al contrario que en las anteriores en este caso la personalidad del socio sí que resulta importante. Hay que tener en cuenta no obstante que este tipo de sociedad la responsabilidad es ilimitada, lo cual quiere decir que los socios responden con todo su patrimonio.
Cuando ya tenemos claro qué tipo de sociedad queremos crear es el momento de otorgar un documento llamado Escritura de constitución, el cual deberá firmar un Notario para que tenga validez. En este documento se incluirán unos Estatutos, que serán las normas internas por las se regirá la empresa.
Registro Mercantil
Una vez otorgada esta Escritura hay que inscribirla en el Registro Mercantil, contando para ello con un plazo de dos meses.
De todas estas cuestiones nos encargamos en nuestro Despacho. Ofrecemos asistencia para que crear un negocio sea una cuestión sencilla y pueda resolverse en el menor tiempo posible. Por eso le recordamos que puede contactar con nosotros en cualquier momento si necesita ayuda. Para ello puede llamarnos por teléfono o contactar a través de nuestra web.