Si es así, podemos cederle cualquiera de los nuestros de entre los que tengamos disponibles, tanto para Sociedades Limitadas como para Sociedades Anónimas.
Una vez tomada la decisión y habiéndonosla comunicado, recibirá en un plazo máximo de 24 horas el certificado elegido por usted de entre todos los posibles, y ello junto con el resto de la documentación que le será imprescindible para poder hacer uso del mismo. Será ese el momento a partir del cual, podrá usted constituir la Sociedad en la notaría que haya elegido, con total agilidad y flexibilidad.